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miércoles, octubre 29, 2008

TODO SOBRE LAS UNIONES DE PAREJAS DEL MISMO SEXO EN COLOMBIA - PRIMERA PARTE



¿De que trata la ley 54 de 1990?La ley 54 de 1990 reconoció derechos a las parejas conformadas por un hombre y una mujer que sin estar casados hacen una comunidad de vida permanente y singular, denominándoles compañeros permanentes que viven en unión marital de hecho o en unión libre.



¿Cuál fue el pronunciamiento de la Corte Constitucional en la sentencia de febrero 7 de 2007 por el cual se concedieron derechos a parejas del mismo sexo?Esta fue una sentencia sin precedentes en el tema de los derechos de las parejas del mismo sexo, la democracia y la consolidación del Estado Social de Derecho en Colombia



La Corte asimilo a las parejas del mismo sexo, con las conformadas por mujer y hombre que sin estar casados hacen vida permanente y singular concediendo los derechos patrimoniales, es decir, la Corte “saco del closet” a las parejas homosexuales.



¿Qué se requiere para que se consolide una unión marital de hecho?1. Convivencia de la pareja.2. Ambas personas solteras.3. O que habiendo sido casadas (o una de ellas) haya(n) disuelto la sociedad conyugal por lo menos un año antes de iniciar la unión de hecho.

¿Qué debe hacer la pareja si desea que su unión sea declarada?1. Acudir a cualquier notaria de cualquier ciudad o un consulado de Colombia en el exterior (ya que cumplen funciones notariales) y de común acuerdo manifestarlo en una escritura pública.2. Acudir a cualquier centro de conciliación para dejar la constancia en un acta.

¿Cuál es el procedimiento para llevar a cabo la escritura publica en la notaria?Presentarse con la cedula de ciudadanía y/o pasaportes y manifestar que desean hacer una escritura publica conforme la ley 54 de 1990 para dejar constancia de la unión marital de hecho de la pareja. No se requieren mas documentos.

¿Se requiere de un tiempo de convivencia para firmar la escritura pública de pareja?No. La pareja la puede hacer al comienzo de la convivencia, en cualquier momento o luego de los dos años (cuando comienzan los efectos patrimoniales).

¿La pareja puede invitar a familiares, amistades y/o vecindad a firmar las escrituras publicas en la notaria?Por su puesto, incluso en el documento puede quedar una declaración de la pareja al colocarse mutuamente los anillos, las arras e invitar a varias personas para servir de testigos (simbólicamente se les puede llamar padrinos o madrinas) Al momento de la firma hacer brindis y tomar fotos.

Redactado por: German Perffetti

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