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martes, mayo 06, 2008

Parejas homosexuales ganan terreno en conquista de derechos

Aunque ya había publicado varios artículos sobre los derechos logrados en nuestro país, me parece útil compartir en mi blog este artículo del diario el Espectador de Colombia, en el cual se encuentra una buena retrospectiva de lo que se ha alcanzado para la comunidad LGBT y el largo camino que falta por recorrer.

Un abrazo desde Cali, con un clima espectacular y descansando en mi casa junto a mi Fercho.

Gino

"Sin la Corte no existiríamos"

Por: Ricardo Ávila Palacios
En los últimos 14 meses este organismo reconoció a las parejas del mismo sexo derechos a la salud, patrimoniales y pensionales, lo que ha generado puntos a favor y en contra de esa jurisprudencia.

Foto: Archivo El Espectador

En múltiples ocasiones las parejas del mismo sexo han efectuado manifestaciones públicas en defensa de sus derechos.

El jueves 29 de enero de 1981 los homosexuales en Colombia dejaron de ser delincuentes. Ese día, en el gobierno liberal de Julio César Turbay Ayala, entró en vigencia el nuevo Código Penal aprobado por el Congreso, que despenalizó las relaciones entre personas del mismo sexo mayores de 14 años, quienes durante más de cuatro décadas fueron castigadas obedeciendo al Código de 1936. Desde entonces es nulo el avance legislativo en esta materia, ya que la línea conservadora del Congreso de la República ha impedido aprobar leyes para mitigar el tratamiento desigual frente a las parejas heterosexuales.


El comportamiento negativo del Congreso de la República, cada vez que debe discutir un proyecto de ley en relación con los derechos de las parejas del mismo sexo, busca evitar la pérdida de capital político, según se deduce de la opinión expresada por el representante por Bogotá Germán Navas Talero (Polo Democrático).


"Quien pretenda apoyar las iniciativas de las parejas gays corre el riesgo de perder votos y así lo quieran hacer prefieren callar. Por eso, hay políticos que se cuidan mucho de dar a conocer su posición personal", dice el legislador y abogado penalista.

El tema es tan espinoso que en noviembre de 2002, cuando se tramitaba en el Congreso el proyecto de ley que buscaba el "reconocimiento a las uniones de parejas del mismo sexo, sus efectos patrimoniales y otros derechos", un grupo de personalidades, liderado por el ex presidente Julio César Turbay Ayala, embajador vitalicio ante la Santa Sede, publicó en un diario de circulación nacional —a manera de publicidad pagada— un texto para expresar su rotundo no a la iniciativa.


No obstante, otro es el escenario en la Corte Constitucional, donde la jurisprudencia de línea liberal y en defensa de la dignidad humana proferida por ese tribunal, ha permitido que en los últimos 14 meses las parejas homosexuales hayan avanzado, como nunca antes, en la conquista de sus derechos patrimoniales, pensionales y de salud, que se traducen en una directa abolición de la discriminación y en un lento reconocimiento a la equidad entre parejas homosexuales y heterosexuales (ver conquista de derechos).


"Sin la Corte Constitucional no existiríamos", sentencia Jaime Alberto Beltrán, un joven comunicador social de 35 años que ejerce como relacionista público en una prestigiosa empresa del sector privado, y quien desde su adolescencia mantiene una relación estable con José Luis.


"Empezamos nuestra relación en la universidad, con mucho susto, y hace cinco años, en contra de todo, convivimos como pareja. Gracias a Dios, la Corte —a la luz de la Constitución Política— lo que ha hecho es aceptar que estamos atrasados y que no tenemos por qué ser considerados menos que otras personas, lo que nos ha dado mucha tranquilidad porque, entre otras cosas, si la familia se oponía a la relación y si uno de los dos miembros de la pareja moría, el otro se quedaba en la calle", dice Beltrán, quien es miembro de la ONG Colombia Diversa.


Por eso, añade, "nos están reconociendo el derecho a existir porque éramos un problema que había que esconder en el clóset y la sociedad pedía que saliéramos de él. Ya no hay miedo como antes, hay ilusión y esperanza".


Sobre este reconocimiento de derechos, el abogado Germán Humberto Rincón Perfetti, quien desde la tribuna jurídica ha defendido la causa gay, dice que el avance jurisprudencial se ha dado porque "la Corte Constitucional apoya sus decisiones desde el campo de los derechos humanos y los tratados internacionales a los cuales se ha vinculado el Estado colombiano".


Recuerda que Colombia tenía pendiente cumplir –en relación con el tema pensional– parte de una decisión del Comité de Derechos Humanos de la ONU (en un caso la Corte el país pudo ponerse al día en ese tema.


Frente al comportamiento del Congreso de la República, Rincón considera que en los proyectos tramitados han incidido negativamente factores políticos, electorales y religiosos.


"Lamentablemente las famiempresas político-electorales-religiosas con representación en el Congreso —gracias al borreguismo y arrodillismo, base filosófica de sus movimientos—, pretenden que 44 millones de personas vivan, piensen y tengan un estilo de vida basado en las interpretaciones de los libros sagrados, lo que constituye una 'contaminación religiosa' que atenta contra las libertades, la democracia, el estado social de derecho y la diversidad".


Rincón subraya que esas 'famiempresas' siempre se les han atravesado a los proyectos de ley, primero con el tema religioso, pero al darse cuenta de que no era válido, ni estratégico, pulieron sus espadas para volverse expertos en el tema procedimental y así fue como dieron al traste con el último proyecto de ley, en el que no hubo argumentos de fondo, sólo temas procesales de forma".


Críticas

José Galat, rector de la Universidad La Gran Colombia y uno de los más cáusticos críticos de las relaciones gays, cuestionó con vehemencia las últimas decisiones de la Corte Constitucional sobre tan sensible tema.


"La Corte viola la Constitución Política al privilegiar las relaciones gays con un erróneo concepto de la realidad, se brinca al Congreso de la República en forma arbitraria e injusta para usurpar una competencia (la de legislar) que no le corresponde, y pretendiendo defender el libre desarrollo de la personalidad termina por defender el libre desarrollo de la animalidad", afirma el académico.


Al hacer referencia al derecho a gozar de la pensión del compañero fallecido, el rector de La Gran Colombia cree que "esta situación congestionará al sistema pensional, que es insuficiente para atender a los que sí trabajan. Aprobar ese derecho para las parejas gays es una injusticia manifiesta".

Lo que falta

El abogado Rincón cree que aún falta mucho por conquistar para las parejas del mismo sexo.


"Mire, quedan pendientes temas como la autorización para que sea la pareja quien decida sobre los asuntos de salud, las garantías y los beneficios procesales en materia penal (ordinaria), penal militar y disciplinaria, la protección en casos de violencia intrafamiliar, poder demandar por inasistencia alimentaria, los permisos laborales por muerte de la pareja, recibir beneficios en caso de muerte de la pareja por indemnizaciones (salud ocupacional, homicidio, cualquier pleito pendiente), los subsidios para vivienda familiar, la afiliación a las cajas de compensación familiar y todos los temas de parejas dentro de las Fuerzas Militares…".

Pero también queda pendiente el tema de la nacionalidad en el caso de aquellas parejas, como la de Rincón (su compañero es extranjero), caso en el cual sólo puede visitar Colombia por un período de 60 días en calidad de turista.


Conquista de derechos


El trípode jurisprudencial en materia de reconocimiento de derechos para parejas del mismo sexo comenzó a construirse el 7 de febrero de 2007. La Corte resolvió una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 54 de 1990, que regula el régimen patrimonial de la unión marital de hecho entre los compañeros permanentes (hombre y mujer hasta ese entonces).


En consecuencia, desde hace 14 meses en las uniones de parejas del mismo sexo se puede presumir la existencia de la sociedad patrimonial con la opción de declararla judicialmente después de los dos años de unión, cumpliendo con los requisitos legales.


Ocho meses después, el 8 de octubre de 2007, la Corte Constitucional declaró exequible el artículo 163 de la Ley 100 de 1993 (Seguridad Social), en el entendido que el régimen de protección, en ella contenido, se aplica también a las parejas del mismo sexo.


El tercer fallo que complementa la protección a los derechos de las parejas del mismo sexo fue emitido por la Corte Constitucional el pasado 17 de abril, desde cuando las parejas del mismo sexo sí tienen derecho a disfrutar de la pensión de sus compañeros, una vez éstos fallezcan, tal como ocurre con las parejas heterosexuales.

1 comentario:

Monchis dijo...

Hola Gino,

Muy buena recoplicación, s ve que hiciste juicioso la tarea.. será para mi un buen material de referencia.


Ah!!!, y muchas gracias por linkearme en tu página.

Saludos,

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